El senador del partido MIRA, Carlos Eduardo Guevara, aseguró que con el proyecto no busca la censura, sin embargo lo planteado en el texto deja puertas abiertas a que eso sí ocurra.
El conflicto estaría en un artículo del proyecto que plantea agregar a la Ley 599 de 2000, lo siguiente:
“El que, sin consentimiento del sujeto pasivo, y valiéndose
de medios tecnológicos, creare imágenes o videos en los que se simula el rostro
de otra persona, y posteriormente los difundiere o publicare o a través de
cualquier medio o red de información o de comunicación, con el propósito de
obtener algún provecho económico, social o político, incurrirá en prisión de
dieciséis (16) a ciento ocho (108) meses”.
4. Y es que según el artículo, si no existe ese consentimiento, la pena carcelaria oscilaría entre un año y cuatro meses hasta nueve años. pic.twitter.com/H5It7vmiJB
— Cuestión Pública (@cuestion_p) April 14, 2021
“Lo está disponiendo de una forma tan abierta, que prácticamente cualquier tipo de modificación, más allá de lo que se pretenda, puede terminar siendo constitutivo de ese delito”, señaló el experto.
A ese mismo medio el caricaturista Matador, señaló sobre el
proyecto que, “intenta meter una especie de mico para que usted no se pueda, en
este caso, burlar, parodiar o criticar a través de una caricatura, de un meme o
de un video. Eso es grave”.
Les quiero mostrar la cara de la censura del partido cristiano MIRA, que pretende a través de un proyecto de ley encarcelar a caricaturistas, generadores de memes y creadores de parodias digitales.
— matador (@Matador000) April 16, 2021
No olvidaré sus caras para hacerles una caricatura desde el patio de la prisión. pic.twitter.com/A2DlMVT9fK
El Proyecto NO busca censurar humoristas, ni caricaturistas. Si el texto genera ésta interpretación se corregirá en el debate.
— Carlos Eduardo Guevara (@carlos_guevara) April 15, 2021
El Objetivo es proteger a los niños de Nuevos Delitos cibernéticos🔝 612%
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Otras propuestas del proyecto
Entre lo que proponen los congresistas del MIRA, también aparecen agregaciones a la Ley 906 de 2004 para poder bloquear usuarios y dominios de internet cuando incurran en un delito.
“En cualquier momento a partir de la indagación, la Fiscalía General de la Nación podrá solicitar al juez de control de garantías que ordene a los proveedores de redes y servicios de telecomunicaciones, el bloqueo preventivo de los dominios de Internet, URL, cuentas y usuarios cuando existan motivos fundados que permitan inferir que, a través de aquellos, continuaría el desarrollo total o parcial de actividades delictivas en detrimento de los derechos de los niños, niñas y adolescentes”, se lee en el proyecto radicado.
También propone agregar a la Ley 599 de 2000 un artículo dedicado al ciber-acoso. “El que, sistemáticamente, usando cualquier medio o red de información o de comunicación, con el fin de causar daño o intimidación a otro promueva o difunda noticias falsas, imágenes o grabaciones audiovisuales, con contenido sensible sin consentimiento de su titular, o que incentiven al odio, incurrirá en multa”, exponen.
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